- El Modelo de Utilidad protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por Patentes. Por ejemplo, dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica.
- El dispositivo, instrumento o herramienta protegible por el Modelo de Utilidad se caracteriza por su "utilidad" y no por su "estética" como ocurre en el diseño industrial.
- El alcance de la protección de un Modelo de Utilidad es similar al conferido por la Patente.
- La duración del Modelo de Utilidad es de diez años.
Ver Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes
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ENLACES DE INTERES
Fuente Álamo, 12/04/2012. - El consejero de Universidades, Empresa e Investigación visita la filial de la empresa en el Parque Tecnológico de Fuente Álamo, unas instalaciones que
Murcia, 09/04/2012. - El INFO elabora unos cuadernos prácticos para informar sobre la importancia de la propiedad industrial e intelectual. El servicio Peral permite la solicitud directa de